Decreto N° 743/2022 - Modificación de afiliación al Sistema de Medicina Prepaga

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de enero de 2023

MODIFICACIÓN DE AFILIACIÓN AL SISTEMA DE MEDICINA PREPAGA.

A nuestras personas afiliadas:

Mediante el Decreto N° 743/2022 se procedió a la modificación del procedimiento para el aumento de las cuotas de las empresas de Medicina Prepaga que, entre otros, deriven sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales.

Dichas normativas establecen que quienes quieran optar por dicho plan no deben superar como sueldo bruto los 6 salarios mínimos vitales y móviles y tendrán un incremento anual tope del 90% del índice de remuneración imponible promedio de las y los trabajadores estables (RIPTE).

Es importante señalar que, para ese cálculo, se deben tomar todos los ingresos del grupo familiar y no sólo los de las personas titulares.

Las empresas de Medicina Prepaga ofrecerán planes hasta un 25% menor al plan sin copagos que tuvieran en la actualidad.

Con el nuevo sistema además de los aumentos del monto inicial del plan, y que comprende sólo el Programa Médico Obligatorio (P.M.O.), se deberán abonar copagos y coseguros para las prácticas a realizar.

A tales efectos queremos comunicar a las personas afiliadas a O.S.O.S.S. que:

PRIMERO: Su Obra Social no deriva los aportes a ninguna entidad de Medicina Prepaga, sino que contrata de libre voluntad y con acuerdos mensuales los valores y prestaciones a recibir por nuestras personas afiliadas, aún excediendo los límites que impone el P.M.O. y de acuerdo a las necesidades de cada caso en particular.-

SEGUNDO: Los importes que se acuerdan y negocian con dichas entidades, con excepción de O.S.D.E., son sustancialmente menores a los valores corporativos con los cuales se aplicarán a aquellos que se incorporen a este nuevo esquema.-

TERCERO: En el nuevo sistema el pago de coseguros y copagos se establecerá para todas las prestaciones del P.M.O. con primer nivel de atención (Ej.: Consulta médica – Odontología – Kinesiología, entre otros); y las prestaciones de segundo nivel (Ej.: Tomografías – Resonancias – Laboratorio con preparaciones previas – Etc.), estos serán obligatorias y sujetas a la determinación de cada Prepaga.
Por lo mencionado y siempre teniendo en cuenta el bien común de todas nuestras personas afiliadas les sugerimos:

Mantener los planes existentes que son sustancialmente más económicos que los ofrecidos por las empresas de Medicina Prepaga;

– Preservar el sistema solidario de atención médica no solo particular sin o en general de todas las personas afiliadas, tal como pregona y lleva a la práctica nuestro Secretario General, Don José Luis LINGERI y esta Obra Social.

– Se deberá tener muy en cuenta que si concurren a las empresas de medicina prepaga de manera individual, los planes a abonar serán sustancialmente superiores a los que abonan a través de O.S.S.O.S.

– Dejar asentado nuevamente que esta Obra Social no deriva los aportes de nuestras personas afiliadas, sino que negocia personalmente las condiciones de las prestaciones con cada entidad de Medicina Prepaga utilizando los aportes y contribuciones de ley a tal fin.-

Ante cualquier duda solicitamos comunicarse con el área afiliaciones de nuestra Obra Social.

Saludamos a todos muy atentamente,

Consejo Directivo
Obra Social del Personal de Obras y Servicios Sanitarios